El otro día leía en los medios, que cierta comunidad autónoma, podeis verlo aquí , despedía a las profesoras interinas de baja médica por embarazo de riesgo.
Y me pregunto, ¿es compatible con el trabajo?
La mujer está protegida por la Ley contra la discriminación por embarazo, pero muchas son tratadas injustamente, incluso como os digo, despedida.
Ilegal es también una bajada de sueldo o retener los beneficios del embarazo porque la mujer no esté casada.

También depende del trabajo y embarazo, claro está…
Por ello, es conveniente tener en cuenta algunos puntos si estás embarazada, (o como yo), tienes previsto estarlo.
- Estar embarazada, de reducción de jornada, o con permiso de lactancia no implica que la empresa no te pueda despedir , siempre por causas objetivas, y estén justificadas por el empresario y cumpla los requisitos, sí puede hacerlo.
- Si el despido fuera injustificado la empresa estaría obligada a reincorporarte a tu puesto de trabajo, si así lo dictamina un juez, sin poder sustituir la readmisión por una indemnización, a no ser que se llegaseis a un acuerdo. Si es improcedente debería abonar una indemnización.
- No tienes obligación de comunicar a la empresa que estás embarazada. En el caso de que se diera un despido éste seria nulo, independientemente de que lo supiera, y tendría que readmitirte.
- En relación a la actividad física que realices en tu trabajo puedes solicitar cuando interrumpir la actividad laboral. Esto para embarazos sin riesgo. También depende de si es embarazo múltiple. Te hablaré de esto más concretamente en un próximo post, porque no existe un criterio fijo para solicitar la baja.
- Si eres autónoma tienes derecho a la baja maternal en las mismas condiciones que una trabajadora por cuenta ajena.
- Existe la posibilidad de unir las horas de lactancia y cambiarlas por días de baja, siempre que se pacte con el empresario o esté así recogido en el convenio.
- Puedes ausentarte del trabajo el tiempo que necesites para realizar las pruebas, exámenes, o clases de preparación al parto.
- Si tu puesto de trabajo supone un riesgo para el embarazo, puedes solicitar el cambio, y si no es posible, suspender el contrato y pasar el cargo a la Seguridad Social, recibiendo una prestación igual el 100% de su base reguladora.
Las leyes están muy claras. sin embargo parece que la realidad es muy distinta.
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Tu sabes que esto a mi me interesa mucho
View CommentEstamos iguales Lunilla!!
View CommentLo cierto es q esos jefes que algún día fueron hijos o hijas, deberían plantearse que habría sido de ellos si sus madres se hubiesen planteado si quedarse o no embarazadas por miedo al despido. Seguramente muchas no trabajaban fuera de casa, pero en una sociedad tan capitalista en la que es difícil vivir con un sueldo (y más como están los sueldos), nadie se ha parado a pensar que pasaría si las mujeres no tuviesen hijo?? Antes se tenían 2-3 hijos (hablo hace menos de 30 años), y ahora es raro y valiente la que tiene más de 1.
View CommentAbres la caja de los truenos, ya no sólo el trabajo condiciona la maternidad, también la sociedad, y sin natalidad no crecemos en ningún sentido.
View CommentMuchas veces pecamos de inocentes y pensamos que no tenemos ciertos derechos, es importante conocerlos para poder luchar por ellos.
View CommentAsí es, Rebeca, tenemos que saber muy muy bien dónde nos ampara la ley.
View CommentOleee mi pasky que ha puesto una foto de ejemplo de la empresa que curro yo. Jajaja. Yo solo decir que nos han subido el tiempo de irnos a casa y la verdad que se hace muy pesado.
View CommentSi!! Bien podía haber puesto una tuya , súper mami curra ya!
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